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    Visión

     Hacer de la Secretaría una instancia que afiance el Consejo Universitario y que ejerza la Administración de las políticas sobre el personal académico y los estudiantes, con ética, eficiencia, dinamismo y efectividad. Desempeñando una administración universitaria, cualitativa, innovadora y proactiva, que sirva de apoyo, con compromiso, transparencia e integridad, al cumplimiento de los más altos fines de la institución.

     

    Misión

     La Secretaría Académica tiene como misión elevar la calidad de la vida académica de la Universidad mediante la implantación de un nuevo modelo educativo y actualización permanente de planes de estudio, la diversificación de la oferta educativa, el diseño y operación del programa de formación docente, el impulso del intercambio de alumnos y profesores con instituciones que compartan objetivos similares; establecer el sistema institucional de tutorías; ajustar a los estándares actuales los sistemas de control escolar y personal académico; innovar los procesos de selección de los estudiantes a ingresar a la Universidad y mantener un sistema bibliotecario acorde con las innovaciones tecnológicas y pertinente a los programas educativos.

     

    Edificio de Rectoría Blvd. Belisario Domínguez Km. 1081 Colina Universitaria s/n, Col. Terán. Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, C.P. 29050.

    http://www.secacad.unach.mx/

    61 7 80 00 EXT. 1048

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    El Secretario Académico de la Universidad colaborará con el Rector en el desarrollo de los programas de carácter académico, de investigación y de extensión universitaria y tendrá las facultades y obligaciones siguientes:

     

    I. Coordinar con la Dirección General de Planeación Universitaria, la formulación y actualización permanente de los planes y programas de estudio.

    II. Elaborar y ejecutar los programas de formación, capacitación, actualización y evaluación del personal académico, así como supervisar la implantación de los cursos correspondientes.

    III. Autorizar el goce del año sabático en los términos del Reglamento del Personal Académico; los proyectos de investigación o realización de cursos de posgrado con valor curricular a los profesores e investigadores.

    IV. Autorizar y controlar los programas de becas para la formación del personal académico.

    V. Fomentar el intercambio cultural y del personal académico con otras instituciones nacionales y extranjeras.

    VI. Convocar  supervisar los concursos  abiertos o cerrados de oposición, para ocupar las plazas académicas que tengan el carácter de definitivas y estén vacantes.

    VII. Suspender, expulsar o dar de baja a los alumnos o al personal académico, que violen la Legislación Universitaria, determinación que se ejecutará, pero será revisable por el Consejo Universitario.

    VIII. Firmar diplomas, constancias y dictámenes de posgrado.

    IX. Autorizar los estímulos para los alumnos por su aprovechamiento y buena conducta.

    X. Promover y operar los programas y convenios inherentes a su competencia.

    XI. Podrá solicitar a la Dirección de Servicios Escolares dictámenes sobre asuntos académicos, de alumnos en cuanto a ingreso, permanencia, egreso y titulación.

    XII. Fomentar, promover y organizar la investigación científica, humanística y tecnológica en la Universidad.

    XIII. Autorizar y supervisar el procedimiento de evaluación profesional.

    XIV. Convocar, organizar, supervisar y evaluar los concursos para ingresar como alumno a la Universidad.

    XV. Autorizar conjuntamente con el Director de la facultad o escuela, los dictámenes para la evaluación profesional mediante créditos de posgrado; y

    XVI. Las demás que le confiera la Legislación Universitaria.